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5 de noviembre de 2019

Verna propone la creación de un Banco de Tierras Provincial

Hoy martes, el gobernador de La Pampa, Carlos Verna, anunció en su despacho el envío al Poder Legislativo Provincial de dos proyectos de Ley. En el primero, se solicita la declaración de Emergencia Habitacional en todo el territorio pampeano.

Consecuentemente se propuso, mediante un segundo proyecto, la creación del Banco de Tierras Provincial que sería dirigido por el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda.

Verna se refirió al proyecto que solicita la declaración de Emergencia Habitacional. “Con respecto a la primera de las leyes que declara la Emergencia Habitacional, es una Ley que tiene seis artículos y que tiene como objeto primordial establecer las posibilidades administrativas de resolver con mayor velocidad y certeza el déficit fiscal que actualmente padece la Provincia. Le estamos solicitando a la Cámara de Diputados que, en el marco de la Emergencia Habitacional, nos autorice a la compra de bienes de capital, consumo y servicio y contratación de obras públicas en el marco del Articulo 34 Inciso C, Subinciso 1 de la Ley 3 de Contabilidad, y la contratación de obras públicas en el marco del Articulo 9 Inciso C de la Ley de Obras Públicas. Planteamos que todas estas compras y obras deben ser comunicadas cada seis meses e informadas a la Cámara de Diputados. La Emergencia Habitacional se declara hasta el 31 de diciembre del año 2020 y se invita a adherir a todos los municipios y comisiones de fomento», sostuvo.

En referencia a la finalidad de la declaración de la Ley de Emergencia Habitacional, Verna indicó: “En La Pampa, a partir de la no construcción de viviendas sociales se ha producido un hacinamiento entre los pampeanos. El hecho de que la gente no tenga recursos para ampliar su vivienda hace que aumente el hacinamiento; el hecho de que las familias decaigan en su poder adquisitivo hace que no puedan alquilar y se siguen amontonando. En este sentido el objeto es tratar de propiciar, junto con la creación del Banco de Tierras de la provincia de La Pampa, los recursos necesarios para comenzar a avanzar en este sistema. En las localidades más pequeñas lo hicimos a través del Plan Pampeano de Viviendas Sociales ‘Mi Casa’, pero ahora ya estamos pensando en Santa Rosa, General Pico, General Acha, Eduardo Castex y Toay”, señaló.

En referencia a las acciones a desarrollar para la creación de viviendas, el gobernador indicó como primordial, la creación del Banco de Tierras presentado como proyecto de ley a la Cámara de Diputados. “Es complementario. La necesidad de la creación de el Banco de Tierras provincial se constituye por todos los inmuebles que va a manejar el Instituto Provincial y Autárquico de Viviendas (IPAV) destinado a la construcción de soluciones habitacionales en los planes creados, o a crearse. El Instituto va a ser el encargado de organizar el Banco de Tierras, va a tener que hacer un relevamiento de los bienes inmuebles, el estado de mantenimiento y de conservación pero, fundamentalmente, va a ser el encargado de elegir los terrenos que necesitamos adquirir en las ciudades más grandes para poder destinar esos bienes inmuebles a la construcción de viviendas, teniendo en cuenta la cercanía a las actuales redes disponibles de agua, cloacas, gas natural y redes de electricidad para proceder a su adquisición».

«Podrá ser por compra venta, poniéndose de acuerdo con los propietarios, podrán ser tierras que actualmente el IPAV tienen destinadas a otras operatorias y que serán destinada a éstas, podrán ser tierras donadas por particulares o por ONG, podrán ser tierras donadas por el Estado Nacional, Provincial o Municipios, podrán ser tierras expropiadas, o podrán ser tierras adquiridas por acuerdos de compensación. Lo que le estamos pidiendo a la Cámara de Diputados, en este caso, es la facultad de declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación a aquellos terrenos que, habiendo sido seleccionados por el IPAV por sus características, sean adquiridos por la Provincia a través de la expropiación. El trámite da inicio en el IPAV comunicándoselo al Tribunal de Tasación, en marco de los Artículos 10 y 14 de la Ley Jurídica de facto 908, allí se comenzará a hablar con el propietario. Si hay acuerdo se pagará lo acordado, si no lo hay se inicia el trámite legal para la expropiación y el Gobierno tomará posesión del bien de tal manera de comenzar a trabajar en la construcción de las redes de infraestructura del mismo. Si finalmente el fallo le da la razón a la Provincia, pagará lo acordado por la Justicia; si ésta indica que el valor a pagar es mayor, la Provincia pagará lo que diga la Justicia pero automáticamente le comunicará a la Dirección General de Rentas el nuevo valor de la propiedad para que grabe el resto del bien que no fue expropiado”, manifestó.

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