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PROVINCIALES

13 de enero de 2018

Diputados del PJ contra el mega DNU de Macri

Los diputados pampeanos Sergio Ziliotto, Melina Delú y Ariel Rauschenberger, integrantes del bloque del PJ en la Cámara de Diputados,

cuestionaron el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27 publicado ayer en el Boletín Oficial debido a que colisiona fuertemente contra la transparencia y el rol del Congreso.
"Vamos a buscar todos los consensos posibles para llevar al recinto el debate de todo este Decreto y procuraremos eliminar todo lo sea nocivo para la institucionalidad y la transparencia", expresaron los legisladores y se fijaron como meta no bien comiencen la actividad ordinaria del Congreso, ya que seguramente no será incluido por el Poder Ejecutivo en el temario de las sesiones extraordinarias durante enero o febrero.

"El Gobierno tiene que respetar el debate parlamentario, no se puede saltear al Congreso de la Nación en una reforma que contempla áreas verdaderamente sensibles para el funcionamiento del Estado y el futuro de los argentinos", agregaron.

"Con este mega Decreto en pleno verano el oficialismo pretendió encontrar a los argentinos desprevenidos, si no se analizan con seriedad estos cambios pueden generar resultados muy nocivos para el país", advirtieron.

"Nada impide que el propio Poder Ejecutivo llame a sesiones extraordinarias para tratar la materia que hoy legisla vía DNU", dijeron Ziliotto, Delú y Rauschenberger.

A modo de ejemplo sobre la gravedad de algunas de las decisiones tomadas por el citado DNU, los diputados justicialistas alertaron en particular sobre los cambios propuestos sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES. "Los artículos 153 y 154 resultan claramente inconstitucionales, no se acredita ninguna urgencia ni circunstancia excepcional que amerite no cumplir con el trámite parlamentario de la sanción de la norma", afirmaron.

Y remarcaron: "Estas modificaciones no conducen a un Estado menos burocrático sino que intentan alterar estructuras legales de transparencia y responsabilidad estatal que son elementales".

En este sentido, explicaron que por medio del artículo 153 se excluye al FGS del régimen de contratos del Estado, lo que significa que el dinero que se utilice del Fondo ya no tendrá que cumplir con los principios generales de todas las contrataciones públicas. "Y a través del artículo 154, que autoriza a ANSES a constituir y/o estructurar fideicomisos, habrá controles muchos más laxos", remarcaron.

Otro aspecto inentendible es la eliminación de la inembargabilidad de las cuentas sueldos. La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) deja a las cuentas sueldo a salvo de cualquier embargo preventivo o ejecutivo, con excepción de las deudas alimentarias. La LCT declara, en su artículo 120, la inembargabilidad del "salario mínimo vital". Ahora, la norma cambió. El DNU que publicó el Gobierno ayer selló el fin de la inembargabilidad de esa cuenta.

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