Martes 29 de Abril de 2025

Hoy es Martes 29 de Abril de 2025 y son las 07:57 - Telén celebra el talento y la perseverancia. / EMPATE EN EL INTERZONAL / CARRO SIGUE SUMANDO, GANÓ LUAN TORO Y EMPATÓ TELEN / En busca de reconocimiento: Milei viaja al funeral del Papa Francisco y sacarse una foto con Donald Trump / Prohíben un popular diclofenac: Anmat ordenó su retiro por riesgo sanitario / Diputados aprobó la recategorización para los empleados públicos / 80 años de la Cevic: Con salas colmadas la Cooperativa e infancias Robadas presentaron ?Los Mancos de espíritu? en Victorica, Telen y Luan Toro. / Hubo dos ganadores en el Quini 6, uno es de Pico, se repartirán 910 millones de pesos / Juan Manuel, hermano de Pablo y Santiago Solari se sumó a Juventud de San Luis / Turismo en Victorica: Una experiencia turística por la ruta de las tejedoras pampeanas / NOS URGE TRATAR AL PERONISMO DE VICTORICA DE UNA MANERA ESPECIAL / TELENENSE HIZO PODIO EN LOS JUEGOS PATAGONICOS / El IPAV recupera viviendas sociales desocupadas o con deuda de cuotas / TALLER DE GASTRONOMÍA EN CARRO QUEMADO / PAMI VICTORICA: HABRÍA DESPLAZAMIENTOS Y NUEVOS NOMBRAMIENTOS / Victorica: detención y prisión preventiva por homicidio agravado / CUMELEN DE CARRO EN EL PARQUE LURO / Ziliotto le marca los límites a la interna: El egoísmo dirigencial aleja al PJ de la gente / COCHICO CAYO FRENTE A PAMPERO / CARRO QUEMADO GANA, GUSTA Y GOLEA /

  • 9.7º

3 de enero de 2022

CASO PAGELLA: EL STJ NO DIÓ LUGAR A LA IMPUGNACIÓN SOLICITADA Y SIGUE SIENDO RESPONSABLE DE DELITO DE ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO....

El tribunal no dio lugar y resolvió inadmisible los dos recursos. Hasta acá, a Pagella lo condenó una Jueza en juicio, el fallo fue confirmado por el Tribunal de Impugnación Penal y ahora fue el Tribunal Superior de Justicia quien no le dio lugar a la impugnación.

Ambas partes habían impugnado la sentencia. La defensa, aduciendo que existió una errónea valoración de la prueba por parte de la jueza Gianinetto, que la víctima no pudo describir las agresiones sexuales y que, ante la duda, debió primar el criterio de 'in dubio pro reo".

A su vez, la fiscalía y la querella se agraviaron por la sanción y pidieron una condena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. Para ello argumentaron la condición de proveedor del acusado, su nivel de instrucción y que era el encargado de la guarda.

El STJ declaró inadmisible el recurso de casación de ambas partes, tanto de Pagella como de la querella. Así, confirmó la decisión de la Audiencia de Juicio que declaró la responsabilidad penal en carácter de autor de Pagella y cuantificó su pena: Pagella fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente como delito continuado. Se le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y se le fijaron reglas de conducta por el término de dos años.

Por ello, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, SALA Resuelve:

-Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Dra. Carolina Muñoz, defensora adjunta sustituta de esta circunscripción judicial, a favor de la parte querellante (art. 394 por remisión del art. 411 del C.P.P.).

-Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por los defensores particulares, Dres. Vanessa Ranocchia Ongaro y Marcos Luis Paz, a favor de Julio Cesar Pagella (art. 394 por remisión del art. 411 del C.P.P.).

La resolución lleva la firma de Fabricio Ildebrando Luis Losi, Presidente Sala B. Superior Tribunal de Justicia, Hugo Oscar Díaz, Vocal Sala B, Superior Tribunal de Justicia y Carola Vanina Rojo, Secretaria de Tercera Instancia, Superior Tribunal de Justicia.

COMPARTIR:

Comentarios