Lunes 19 de Enero de 2026

Hoy es Lunes 19 de Enero de 2026 y son las 09:18 - Capacitación laboral: más de mil personas formadas en veinte localidades pampeanas / Inflación y salarios estatales: La Pampa quedó arriba, Nación y Buenos Aires debajo / Confirman un caso de Gripe A no autóctono en La Pampa / VICTORICA Y LA PAMPA PRENDIDOS A LA TELE / CRISTIAN SIMÓN SIGUE EN CARRO / Milei agradece a los bomberos de la Patagonia, pero les redujo el presupuesto en un 78% / Marina Lezcano, la jocketa más completa de todos los tiempos que transmite su pasión / Pro Vida en Victorica: Autoridades provinciales destacaron la masiva convocatoria / El IPAV endurece controles en Victorica y Santa Rosa / ES HOY FELI / Duelo en el automovilismo pampeano: falleció Miguel Zaninovich tras un trágico accidente en su taller / IPAV: por la crisis económica, cayó un 20% el pago de las cuotas y se desadjudican unas 8 viviendas por mes en La Pampa / Gobierno pampeano elimina una tasa para aliviar la carga económica de trabajadores, emprendedores y PyMEs / PRO VIDA EN VICTORICA / Defensa Civil solicita máxima precaución para prevenir incendios rurales / EL GRIFO BAR AGASAJÓ A LOS BOMBEROS / EN TELEN TAMPOCO TIENE PAZ / Rituales para recibir el 2026: tradiciones que no podés dejar de lado / La acusada vendió escabeche en noviembre en el Paseo Ferial de Toay / Peón condenado por faena clandestina en Loventuel /

  • 14.1º

3 de enero de 2022

CASO PAGELLA: EL STJ NO DIÓ LUGAR A LA IMPUGNACIÓN SOLICITADA Y SIGUE SIENDO RESPONSABLE DE DELITO DE ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO....

El tribunal no dio lugar y resolvió inadmisible los dos recursos. Hasta acá, a Pagella lo condenó una Jueza en juicio, el fallo fue confirmado por el Tribunal de Impugnación Penal y ahora fue el Tribunal Superior de Justicia quien no le dio lugar a la impugnación.

Ambas partes habían impugnado la sentencia. La defensa, aduciendo que existió una errónea valoración de la prueba por parte de la jueza Gianinetto, que la víctima no pudo describir las agresiones sexuales y que, ante la duda, debió primar el criterio de 'in dubio pro reo".

A su vez, la fiscalía y la querella se agraviaron por la sanción y pidieron una condena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. Para ello argumentaron la condición de proveedor del acusado, su nivel de instrucción y que era el encargado de la guarda.

El STJ declaró inadmisible el recurso de casación de ambas partes, tanto de Pagella como de la querella. Así, confirmó la decisión de la Audiencia de Juicio que declaró la responsabilidad penal en carácter de autor de Pagella y cuantificó su pena: Pagella fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente como delito continuado. Se le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y se le fijaron reglas de conducta por el término de dos años.

Por ello, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, SALA Resuelve:

-Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Dra. Carolina Muñoz, defensora adjunta sustituta de esta circunscripción judicial, a favor de la parte querellante (art. 394 por remisión del art. 411 del C.P.P.).

-Declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por los defensores particulares, Dres. Vanessa Ranocchia Ongaro y Marcos Luis Paz, a favor de Julio Cesar Pagella (art. 394 por remisión del art. 411 del C.P.P.).

La resolución lleva la firma de Fabricio Ildebrando Luis Losi, Presidente Sala B. Superior Tribunal de Justicia, Hugo Oscar Díaz, Vocal Sala B, Superior Tribunal de Justicia y Carola Vanina Rojo, Secretaria de Tercera Instancia, Superior Tribunal de Justicia.

COMPARTIR:

Comentarios