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ACTUALIDAD

6 de diciembre de 2024

ARCA, ex AFIP, cobra nuevo impuesto por transferencia desde diciembre: cómo evitarlo

El organismo fiscal indicó que aquellos que no cumplan con ciertos requisitos sufrirán de descuentos o retenciones a la hora de recibir una transferencia

a Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que ejecuta las actividades que hasta hace un tiempo llevaba adelante la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció nuevas disposiciones sobre las transferencias de dinero que arrancaron desde diciembre.

Esta modificación tiene como fin garantizar un control más estricto sobre las operaciones financieras y las declaraciones de ingresos, que repercutirán en multas, impuestos y retenciones como herramienta clave de fiscalización.

Transferencias: ARCA cobrará más retenciones a quienes no cumplan con este requisito

 

El organismo fiscal que reemplazó a AFIP indicó que aquellos que no cumplan con ciertos requisitos sufrirán de descuentos a la hora de recibir una transferencia, como en el caso de las percepciones de IVA.

El nuevo marco establece que los usuarios podrán estar sujetos a retenciones significativas, incluso superiores al 5% en algunos casos, muy por encima del promedio de 1,5% aplicado a quienes están en regla.

Estas regulaciones afectan especialmente a quienes no han presentado su declaración de ingresos o no se encuentran registrados en los regímenes tributarios de ARCA.

En definitiva, ARCA cobrará impuestos sobre las transferencias a aquellos usuarios que:

  • No se encuentren registrados bajo un régimen de ARCA
  • No hayan presentado su declaración de ingresos a tiempo

 

Estos usuarios podrán enfrentar retenciones significativamente mayores a las que deberían pagar. Se les puede cobrar hasta un 5% de Ingresos Brutos, en comparación con el porcentaje habitual que es menor al 1,5%.

Cómo evitar los cobros extra a la hora de recibir una transferencia

 

Para evitar estos costos adicionales, los contribuyentes deben tomar medidas preventivas. Según las recomendaciones oficiales, es crucial consultar a una persona especializada para verificar el estado fiscal y regularizar la inscripción en los sistemas de ARCA.

Este paso asegura que las transferencias no sean clasificadas como actividades no declaradas, evitando así retenciones excesivas.

Por otra parte, ARCA aconseja notificar al banco con suficiente antelación si la transferencia no tiene fines comerciales. Este procedimiento ayuda a que las entidades financieras clasifiquen correctamente las operaciones, reduciendo el riesgo de penalizaciones.

En el caso de transferencias entre cuentas propias, se recomienda confirmar que ambas cuentas estén registradas a nombre del mismo titular para evitar posibles errores en el sistema.

La clave para evitar problemas con ARCA, ex AFIP, al realizar transferencias radica en el perfil que tengan las entidades financieras con las que se opera y que dichas operaciones hagan sentido con este. Además, siempre se debe tener la documentación respaldatoria a mano para evitar cualquier inconveniente.

Monotributo: cuáles son las categorías y los montos a pagar en diciembre 2024

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la ex AFIP, confirmó los montos que deben pagar los monotributistas, dependiendo de su categoría, desde el más bajo, al más alto. En ese sentido, implementó cambios en los topes de ingresos y los montos a abonar para los titulares del monotributo, que contiene una cuota fija que contiene un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y obra social.

El nivel máximo de facturación anual, según las categorías, es el siguiente:

  • Categoría A: $6,45 millones
  • Categoría B: $9,45 millones
  • Categoría C: $13,25 millones
  • Categoría D: $16,45 millones
  • Categoría E: $19,35 millones
  • Categoría F: $24,25 millones
  • Categoría G: $29 millones
  • Categoría H: $44 millones
  • Categoría I: $49,25 millones
  • Categoría J: $56,4 millones
  • Categoría K: $68 millones

Cuota mensual del monotributo en diciembre

 

El impuesto mensual queda en los siguientes valores:

  • Categoría A: $3.000
  • Categoría B: $5.700
  • Categoría C: $9.800 (servicios) y $9.000 (comercio)
  • Categoría D: $16.000 (servicios) y $14.900 (comercio)
  • Categoría E: $30.000 (servicios) y $23.800 (comercio)
  • Categoría F: $42.200 (servicios) y $31.000 (comercio)
  • Categoría G: $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio)
  • Categoría H: $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio).
  • Categoría I: $175.000 (comercio) y $437.500 (servicios)
  • Categoría J: $210.000 (comercio) y $525.000 (servicios)
  • Categoría K: $245.000 (comercio) y $735.000 (servicios)

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