PROVINCIALES
12 de abril de 2023
SE CUMPLEN “1.000 DÍAS SIN JUSTICIA” POR EL FALLO DEL RÍO ATUEL
El Gobierno Provincial inició una campaña para visibilizar el no cumplimiento de la sentencia por Mendoza y la falta de respuestas de la Corte Suprema de Justicia. El conflicto entre La Pampa y Mendoza se inició en 1947. El daño ambiental es irreversible.
Este miércoles 12 de abril de 2023, se cumplen 1.000 días del fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre el río Atuel, sin que aún se haga efectivo. El máximo tribunal fijó en 3,2 metros cúbicos por segundo el mínimo permanente del río que Mendoza tiene que ceder a La Pampa.
El conflicto entre las dos provincias comenzó en 1947, con la construcción de la represa El Nihuil en Mendoza, que afectó a las especies autóctonas y a pobladores del oeste pampeano. El paso de los años provocó un daño ambiental irreversible.
Desde hoy, el Gobierno Provincial inició una campaña destinada a visibilizar que ya pasaron los “1.000 días sin justicia”.
“Pasaron 1.000 días y la Corte no hizo cumplir su fallo. 1.000 días más de silencio que condenan a La Pampa”, destaca una publicación oficial realizada en diferentes medios de comunicación.
Cabe recordar que la decisión de la CSJ llegó con el voto mayoritario de Elena Higton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, acompañó la resolución pero con objeciones a los argumentos de la mayoría.
En diciembre de 2017, la Corte había ordenado a las administraciones de La Pampa y Mendoza que establecieran en 30 días un “caudal hídrico apto en el río Atuel para moderar los efectos ambientales y económicos que sufre La Pampa por la escasez de agua en esa cuenca”.
Vencido el plazo, el máximo tribunal consultó al Instituto Nacional del Agua (INA), que consideró razonable la circulación de 3,2 metros cúbicos por segundo.
Los jueces de la Corte, en el fallo firmado en aquella oportunidad, estimaron importante “arribar a una solución del conflicto de modo gradual y señalaron que para ello”, se recurrirá al principio de progresividad que fija metas temporales para lograr el objetivo.
El conflicto entre las provincias comenzó en 1947, con la construcción de la represa El Nihuil en Mendoza, que afectó a las especies autóctonas y a pobladores del oeste pampeano que tuvieron que emigrar por el impacto ecológico.
La Pampa recurrió a la justicia y en 1987 obtuvo un fallo favorable de la Corte señalando que el río era interprovincial y que debía terminar el daño derivado para el territorio pampeano, sin embargo, nada ocurrió hasta que en 2014 se inició un nuevo juicio que generó la directiva de la Corte para que se fijara un caudal negociado entre ambas provincias.
A lo largo de 2018, ambos hicieron sus ofertas. La Pampa reclamó 4,5 metros cúbicos por segundo, Mendoza ofreció 1,3, y ante esa falta de solución consensuada, la Corte zanjó que debe pasar 3,2.
“El caudal de 3,2 metros cúbicos constituye un valor medio diario de referencia, el cual deberá ser debidamente monitoreado a fin de evaluar si cumple con los requerimientos mínimos del hábitat en la zona afectada de la provincia de La Pampa, tanto en lo relativo al mantenimiento de la biota y salinidad, como a los niveles freáticos”, señaló el tribunal.
Más adelante, en el punto 16, la Corte aclaró que “el caudal mínimo permanente que se fija en este pronunciamiento debe entenderse como una meta interina en el camino destinado a la determinación definitiva del caudal hídrico apto para la recomposición del ecosistema afectado en el noroeste de la provincia de La Pampa, que constituye la meta final perseguida”.
También dispuso el fallo que ambas provincias determinen las “obras de infraestructura necesarias para alcanzar el caudal mínimo permanente” y se pongan de acuerdo en el porcentaje de costos que cada una afrontará.
Hasta el momento, la solución consensuada no se alcanza, la Corte se reservó el derecho de aplicar “el curso de acción a seguir”.
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