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21 de febrero de 2021 · 00:00

Confirman la sentencia de 20 años de cárcel al profesor de música Gonzalo Escobar, por abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas

Gonzalo Escobar irá a prisión por abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas, todas menores de edad: el TIP ratificó la sentencia a 20 años de cárcel.

Confirman la sentencia de 20 años de cárcel al profesor de música Gonzalo Escobar, por abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas

Gonzalo Escobar irá a prisión por abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas, todas menores de edad: el TIP ratificó la sentencia a 20 años de cárcel.

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó este viernes la condena de 20 años de prisión para el profesor de baile, Gonzalo Escobar, por abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas menores de edad (una de 11 años, dos de 13 y otra de 16 años).

Los magistrados ratificaron la sentencia del Tribunal inferior, que señaló que el docene tuvo el mismo “modus operandi de captación de niñas” y que dio por constatado en el debate el “desinterés demostrado hacia las víctimas” por parte de Escobar, quien solo buscaba “satisfacer sus deseos y fantasías sexuales”.

El TIP confirmó así lo resuelto por el Tribunal colegiado compuesto por los jueces de audiencia de juicio, Marcelo Pagano, Federico Pellegrino y Diego Ambrogetti.

El hombre, de 24 años de edad, fue condenado como autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado“, en perjuicio de una menor de 11 años; “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda reiterado (dos hechos)”, en perjuicio de otra menor de 13 años.

También se lo condenó por “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado”, en perjuicio de una tercer menor también de 13 años; y “abuso sexual con acceso carnal de una persona menor de 16 años aprovechándose de su inmadurez en razón de la mayoría de edad del autor y su relación de preeminencia agravado por la guarda como delito continuado”, en perjuicio de una cuarta menor de 16 años de edad; todos en concurso real.

 

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