La agente había solicitado que se redujera el monto porque consideraba que debía tenerse en cuenta el desgaste del arma, pero el organismo sostuvo que el Estado debe recuperar el valor necesario para adquirir una nueva.
La decisión quedó establecida en la Sentencia Nº 2644, dictada el 18 de septiembre de 2026 y publicada en el último Boletín Oficial de la Provincia. El fallo corresponde al expediente Nº 7740/2025 y alcanza a la agente Natalia Maylen Hernández, quien tenía asignada una pistola semiautomática Bersa, modelo TPR9, calibre 9 milímetros, con su respectivo cargador.
El procedimiento se inició a raíz del perjuicio económico ocasionado al patrimonio provincial por la desaparición del arma provista para el cumplimiento de sus funciones. Durante la tramitación del juicio de responsabilidad, la Jefatura de Policía informó que el valor actualizado de reposición ascendía a 839.000 pesos.
Sin embargo, la uniformada presentó un descargo en el que cuestionó la suma reclamada y solicitó una reducción.
Uno de sus argumentos fue que, al ingresar a la institución policial, había abonado el uniforme y los elementos que le fueron entregados, entre ellos el arma reglamentaria. Por ese motivo, entendía que el costo del equipamiento ya había sido afrontado.
El Tribunal rechazó esa interpretación y aclaró que los pagos efectuados por los efectivos al incorporarse a la fuerza no implican la adquisición de la propiedad de los elementos provistos. En consecuencia, el arma continúa perteneciendo al Estado provincial.
El valor de un arma usada
El segundo cuestionamiento de Hernández estuvo relacionado con el precio establecido para reponer la pistola. La agente sostuvo que, al tratarse de un arma usada, correspondía contemplar su antigüedad y desgaste, en lugar de exigir el valor de una nueva.
También invocó el principio de proporcionalidad y argumentó que reclamar el precio completo de reposición podía representar un enriquecimiento sin causa para el Estado.
El Tribunal de Cuentas desestimó ambos planteos. En sus fundamentos explicó que el armamento reglamentario tiene características particulares y no puede equipararse con otros bienes usados que se comercializan libremente.
En ese sentido, señaló que el Estado no puede recurrir a la compra de armas usadas para reemplazar el material policial extraviado. Por lo tanto, consideró que el perjuicio económico debe calcularse tomando como referencia el costo de adquisición de una nueva unidad que permita restablecer el equipamiento de la fuerza.
El organismo también remarcó que el juicio de responsabilidad patrimonial tiene una finalidad resarcitoria: recuperar los recursos públicos afectados por la pérdida del bien y restituir el patrimonio estatal a su situación anterior.
Descuento del sueldo
Finalmente, el Tribunal formuló un cargo patrimonial contra Hernández por la totalidad de los 839.000 pesos reclamados.
No obstante, aceptó el pedido de la agente para cancelar la deuda mediante un plan de pagos. La sentencia estableció que el importe será abonado en diez cuotas mensuales, iguales y consecutivas de 83.900 pesos.
Los descuentos se realizarán directamente sobre los haberes de la uniformada, a través de la Contaduría General de la Provincia, hasta completar la suma fijada en la resolución.