Viernes 7 de Febrero de 2025

Hoy es Viernes 7 de Febrero de 2025 y son las 18:24 - Bomberos victoriquenses combaten el fuego en la patagonia / VIVIENDAS, 2 CISTERNAS DE 150 MIL LITROS Y MAS VIVIENDAS / Adiós al Registro Automotor: el Gobierno habilitará la inscripción de autos 0km en las concesionarias / TELEN YA TIENE ORDENANZA Y LE DICE NO A LA REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA (RTO) DE SANTA ROSA / Victorica desconocerá las multas por falta de RTO en Santa Rosa / El Gobierno provincial adelanta pagos de Ayuda Escolar y Material Didáctico Docentes / VENITE CON LA CARPA: LA HOTELERIA CON ALTO PORCENTAJE DE OCUPACIÓN POR LA FIESTA / Una multitud marchó en Santa Rosa contra el ataque fascista de Milei / Dura réplica de un dirigente de La Campora a un "vocero" vernista / Habilitaron la caza de jabalí con jauría para el 2025 / PASO A PASO / AUMENTO EL COMBUSTIBLE / EL DE ARIZONA SE VA A RUSIA / LEGISLATIVAS 2025: SUENA EL MICKY Y VARIOS MAS / EL TURF LOGRA ESTAS COSAS / Grabois en Santa Rosa: el embanderamiento a «Luchy» Alonso y Di Nápoli, y criticas a Milei / Recuperan un avión de destacada actuación en Malvinas / ALERTA PARA MAÑANA / FIXTURE PRIMERA A LIGA CULTURAL / La B de la Liga Cultural ya tiene fixture /

  • 35.2º

2 de mayo de 2020

Niñas y niños podrán trasladarse hasta la vivienda del progenitor no conviviente

El defensor Juan Pablo Meaca informó de una nueva excepción al aislamiento.

La Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes informó que una nueva excepción autoriza el traslado de las y los menores de edad hasta el domicilio de la madre, padre o referente afectivo no conviviente.

En el contexto de la pandemia COVID19, y debido a los reclamos por los derechos de las infancias, se ampliaron las excepciones del aislamiento social, obligatorio y preventivo. Ahora, aquellos niños y niñas que tengan progenitores o cuidadores en domicilios separados, podrán ser trasladados para continuar las medidas de protección sanitarias. La excepción fue publicada por el Defensor de la Niñez en La Pampa, Juan Pablo Meaca.

En su perfil de Facebook, el funcionario especificó que el traslado podrá realizarse cada siete días y que el adulto responsable deberá llevar consigo la declaración jurada, aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. En el posteo, aclaró que podrá hacerse “siempre y cuando ello sea en marco del interés superior del niño, niña o adolescente, para resguardar sus vínculos afectivos”.

La medida fue impulsada por la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

COMPARTIR:

Comentarios