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ACTUALIDAD

23 de mayo de 2018

¿Se dio vuelta? El proyecto sobre la facturación de servicios públicos que presentó Elisa Carrió

La líder de la Coalición Cívica presentó hoy un proyecto de ley en la Cámara de Diputados.

La líder de la Coalición Cívica, Elisa Lilita Carrió, presentó hoy un proyecto de ley que prohíbe la inclusión de cargos extra en las facturas que corresponden a servicios públicos, y establece que solo podrán incluirse el IVA e Ingresos Brutos en caso que así corresponda en cada distrito.

 

La presentación del proyecto de Carrió se produce luego de que ayer la oposición en el Senado lograra emitir dictamen del proyecto de ley que retrotrae los valores de las tarifasde servicios públicos a noviembre de 2017, en tanto el oficialismo firmó otro dictamen para debatir un proyecto de ley que baja el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las boletas de electricidad, gas y agua para usuarios residenciales.

 

Por su parte, la iniciativa impulsada por Carrió establece que "queda expresamente prohibido incorporar en las constancias de facturación que las empresas prestatarias de servicios públicos brindan, cualquier cargo, tasa o concepto que no responda exclusivamente a los cargos por el consumo realizado por el usuario, calculado este según el cuadro tarifario vigente al momento de facturación".

 

La iniciativa, que reforma la ley de Defensa del Consumidor, fija que "los únicos impuestos que podrán incluirse en el detalle de facturación serán el IVA e Ingresos Brutos en caso de corresponder".

 

También específica que "cuando una empresa de servicio público domiciliario con variaciones regulares estacionales facture en un período consumos que exceden el 75% por ciento el promedio de los consumos correspondientes al mismo período de los dos años anteriores, sin considerar los aumentos producidos por las revisiones tarifarias integrales, se presume que existe error en la facturación".

En ese sentido, agrega que "para el caso de servicios de consumos no estacionales se tomará en cuenta el consumo promedio de los últimos doce meses anteriores a la facturación".

"En ambos casos, el usuario abonará únicamente el valor de dicho consumo promedio, debiendo tomar la empresa prestataria dicho pago como válido, al menos hasta que la empresa demuestre lo contrario; quedando expresamente prohibido disponer el corte del servicio", indica la iniciativa.

En los fundamentos del proyecto se señala que se busca "proteger al consumidor de los posibles abusos y excesos en los que incurran tanto las empresas prestadoras de los servicios, como así también las provincias y municipios quiénes a través de distintas leyes y/u ordenanzas, que sujetan impuestos y tasas a un porcentual de los consumos, que en muchos casos no guardan relación a los consumos reales de los usuarios".

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