Lunes 8 de Diciembre de 2025

Hoy es Lunes 8 de Diciembre de 2025 y son las 16:31 - ROMPIMOS CON EL MOLDE DEL COOPERATIVISMO, METIMOS UNA FUERTE IMPRONTA,TRABAJANDO CON INTENDENTES Y LAS INSTITUCIONES / LA MUNICIPALIDAD SIEMPRE VA ESTAR PARA SUMAR, PARA CRECER / Gobierno en los festejos por los 80 años de la Cooperativa de Victorica / Milei celebró la llegada de los F-16: ?Argentina vuelve a tener un sistema de defensa serio? / La Cevic celebra sus 80 años con el show de La Delio Valdez / El Gobierno Provincial reducirá la jornada laboral de la administración pública / DOCENTE VICTORIQUENSE PIERDE LA VIDA EN ACCIDENTE CON SU AUTO / Amontonar por amontonar, no sirve / Reunión clave para prohibir el uso de celulares en la escuela / 5to. Torneo de Pollo al Disco...lee, compartí y ganá / El movimiento turístico en La Pampa durante el fin de semana XXL / Ziliotto firmó el contrato del primer Parque Solar con inversión privada / KENNY Y OTROS INTENDENTES EN LA LISTA DE BERHONGARAY / SUSPENDEN A POLICIA HOT / Cuál es el sueldo promedio en cada provincia / Pediatras advierten por una caída histórica en la cobertura de vacunación infantil / EL IPAV RECUPERO 4 VIVIENDAS, UNA EN TELEN / La coparticipación para municipios variará entre 6,67% y -10,68% en el 2026 / EL MUNICIPIO DE TELEN RESPONDE A DOCENTES / El Newcom de Telen se consagró campeón en Santa Isabel. /

  • 33º

17 de septiembre de 2021

Autorizan eventos para celebrar el “Día del Estudiante”

El Gobierno Provincial dispuso que entre los días 21 y 26 de septiembre, entre las 8 y las 24 horas, podrán realizase eventos al aire libre con hasta 500 personas, con motivo de la celebración del Día del Estudiante.

El decreto que habilita la celebración de este día insta a los jóvenes estudiantes a actuar con compromiso, solidaridad y responsabilidad social, acatando las formas, condiciones y modalidades aconsejadas y las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, teniendo en cuenta que la pandemia provocada por el Coronavirus –COVID 19- involucra cuestiones sensibles de salud de toda la población.
Establece además que, previamente a las evaluaciones  pertinentes, las y los Intendentes Municipales y Presidentes de las Comisiones de Fomento en conjunto con los Comités de Crisis Locales podrán, con fundamento en la situación epidemiológica actual, suspender o limitar en el ámbito de su respectiva jurisdicción la habilitación dispuesta.
Serán las autoridades municipales, en el marco de lo normado por el artículo 15 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 494/21, en coordinación con las autoridades competentes provinciales, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas generales de prevención.

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