Miércoles 20 de Agosto de 2025

Hoy es Miércoles 20 de Agosto de 2025 y son las 04:07 - VICTORICA Y OTRAS LOCALIDADES PRESENTES EN CAPACITACIÓN DE ATENCIÓN AL TURISTA / BOMBEROS ADQUIERE CAMIONETA 0 KM / Marcha atrás de la Anmat: el tomate triturado de Marolio tenía brotes de semillas, no gusanos / DIGO YO... / Actividad en el Parque Solar Fotovoltaico ?Antü Mamüll? de Victorica / Elecciones 2025: se definieron los candidatos en La Pampa y así quedaría la boleta única / El gobierno ofreció un 6,12% de aumento en tres meses / EL CHINANO SE LLEVO TODOS LOS APLAUSOS / PRUEBA DE MANEJO....SALIO MAL (mirá) / VICTORIQUENSE ACOMPAÑA EN LA LISTA A GUIDUGLI / EL ENDURO PAMPEANO PASÓ POR VICTORICA / CON VICTORIQUENSES DE TITULARES, LA SELECCION DE LA LIGA CULTURAL EMPATÓ DE LOCAL / 8 de cada 10 alumnos de nivel primario ya tienen celular propio: advierten sobre el impacto en el aprendizaje / La Pampa será sede de los Juegos Binacionales de la Araucanía 2025 / EL DEPO EN LA ZONA DE LA MUERTE / VICTORICA: SE CAPACITARON 23 PERSONAS EN CUIDADOS PROFESIONALES / Licitaron la construcción del nuevo Centro de Salud de Luan Toro / Ensayo de gobierno libertario / ESFUERZO, SACRIFICIO Y SUEÑOS DE UN JOVEN VICTORIQUENSE / Una familia tipo necesitó ingresos de más de $1,1 millones para no ser pobre en julio /

  • 12.6º

4 de octubre de 2018

Absolvieron a Menem por venta ilegal de armas

Así lo determinó la Cámara Federal de Casación Penal en el marco de la causa por el tráfico de armamento a Ecuador y Croacia. Consideran que no se cumplió el principio del plazo razonable para llegar a una condena firme contra el ex presidente.

La Cámara Federal de Casación Penal absolvió este jueves al ex presidente

Carlos Menem

en la causa por la venta de armas a

Ecuador

y

Croacia

, en razón de que no se cumplió el "principio del plazo razonable" para llegar a una condena firme.

La causa se inició en 1995 y en junio de 2017, la Cámara de Casación confirmó la pena de 7 años de prisión contra el senador riojano, tras lo cual la defensa interpuso un recurso ante la Corte Suprema de Justicia, que revocó la sentencia y ordenó que vuelva a Casación.

La resolución fue tomada por la Sala I integrada por los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Carlos Mahiques en el marco de una revisión de la condena ordenada por la Corte.

Los votos concurrentes de Catucci y Riggi argumentaron la absolución en "la violación de la garantía del justiciable a ser juzgado en un plazo razonable que las defensas habían planteado con insistencia". Se apoyaron en la doctrina de la Corte "inherente al exceso temporal para juzgar" en base al fallo llamado "Goye, Omar y otros sobre administración pública de diciembre de 2017"

Sin embargo, Catucci confesó que en el litigio existieron "serios errores que incidieron en el delito de contrabando y que además impidieron lograr el enjuiciamiento de los responsables de graves delitos responsables tales como falsedad documental, malversación de caudales públicos,  cohecho, incumplimiento de los deberes de funcionario público, encubrimiento y enriquecimiento ilícito por corrupción".

Sin embargo, Catucci acotó que debía primar "una conclusión que respete los principios constitucionales y la garantía".

En disidencia con sus colegas, Mahiques propuso confirmar la condena a los ex directores de Fabricaciones Militares Edberto González de la Vega, Carlos Franke, Teresa Irañeta de Canterino, Luis Sarlenga, Julio Sabra, Carlos Nuñez, Haroldo Luján Fusari y Manuel Cornejo Torino y del traficante de armas Diego Palelros por contrabando.

Pero con diferentes argumentos a los de la mayoría, consideró que correspondía absolver a Menem y Cornejo Torino ya que "no se logró demostrar que hayan obrado con el dolo exigido" en el delito de impedimento del control aduanero, según los términos del Código Aduanero.

Además, dijo que "no se probó" que el presidente haya firmado tres decretos para exportar las armas con destino falso a Panamá y Venezuela "con el conocimiento y voluntad" necesarios.

Para que Carlos Saúl Menem quede libre, habrá que ver si el fiscal apela y en ese caso, el fallo puede estar abierto a revisión de la Corte Suprema de Justicia.
 

COMPARTIR:

Comentarios