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PROVINCIALES

31 de diciembre de 2025

Peón condenado por faena clandestina en Loventuel

El hecho ocurrió en noviembre de este año y la condena fue dictada este martes, a través de un juicio abreviado. El imputado había faenado un animal vacuno sin la autorización del propietario del establecimiento rural.

El juez de Control de la IV Circunscripción Judicial, Dr. Carlos Espínola, dictó sentencia en una causa por faena clandestina de ganado, hecho ocurrido en la zona rural de Loventuel, y condenó a D. H. B. a la pena de tres años de prisión en suspenso, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abigeato simple y hurto agravado campestre, en concurso real.

La pena fue impuesta a través de un acuerdo de juicio abreviado, suscripto por el fiscal Enzo Rangone, el imputado y el denunciante.

 

La investigación comenzó el 22 de noviembre de 2025, a partir de un operativo realizado sobre las rutas provinciales 10 y 11, donde personal de la Patrulla Rural de la Comisaría de Victorica, a cargo del comisario Díaz Correa, identificó una pick-up Chevrolet S10 que transportaba carne vacuna de manera clandestina.

 

Luego del hallazgo, se inició una causa administrativa en el marco de la Ley de Carnes y una investigación penal para determinar el origen del producto cárnico. Las tareas investigativas permitieron establecer que la carne provenía del Campo El Pocito, ubicado en la zona de Loventuel, cuyos propietarios radicaron la denuncia correspondiente, ya que el peón general del campo habría faenado un animal sin autorización, además de atribuírsele la faena de otros animales y la sustracción y comercialización de leña sin consentimiento.

En la investigación intervinieron la Patrulla Rural de la Comisaría Victorica y Coordinación Zona Oeste, el Destacamento Loventuel, la Agencia de Investigación Científica y la División de Análisis en Telecomunicaciones.

De acuerdo a los establecido en el acuerdo de juicio abreviado, el imputado hizo entrega de una camioneta Ford F-100 de su propiedad para reparar el daño ocasionado.

En tanto, respecto de los otros dos imputados, la Justicia aplicó el criterio de oportunidad por el delito de encubrimiento.

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