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30 de abril de 2022

Con críticas a los testigos y al fiscal, un juez de Pico absolvió a un acusado de abuso sexual

El juez de audiencia Marcelo Pagano resolvió la absolución de un hombre de 35 años, acusado de abuso sexual simple contra una menor de edad, luego de destacar el margen de duda que dejaron los aportes de peritos psicológicos, la falta de pruebas aportadas por las partes acusadoras para reforzar la hipótesis y ausencia de precisiones de testigos.

El debate oral tuvo lugar los días 19 y 20 de abril en los Tribunales de Pico, presidido por Pagano, con Luciano Rebechi en la Fiscalía, Jerónimo Altamirano como querellante y la abogada María Laura Vaquero como defensora particular.

La denuncia, radicada en el año 2020 sobre hechos ocurridos en el año 2018, la hizo un profesor de la colonia a la que asistía la víctima, una adolescente de 15 años.  El hombre, tras enterarse de boca de la menor, le sugirió que hablara con sus padres, pero ésta se negó, por lo que el profesor decidió exponer lo ocurrido en sede policial y, en el mismo lugar, los progenitores se enteraron de lo ocurrido horas más tarde.

El hombre acusado era amigo de su padre y ambas familias compartían cenas durante los fines de semana.  La adolescente relató diversos episodios de tocamientos por parte del hombre de 25 años, pero, para el juez, sus dichos no alcanzaron el nivel de certeza necesario para dictar una condena porque no fueron reforzados por peritos y el accionar de la Fiscalía.

Marcelo Pagano – Juez

En esa línea, Pagano citó el testimonio de la licenciada Pirás, a cargo de la Cámara Gessel, quien consideró que la damnificada brindó un relato de “característica creíble”.  Pero, en el juicio, la profesional admitió también que la adolescente “por sus propias características miedosas, sobredimensiona los hechos que vive por eso sobre elabora y agrega en el relato algún detalle de cómo vivencia lo que cuenta, pero esto no implica fabulación entendiéndose como el contar hechos no vividos…”.

En ese punto, Pagano destacó que “a falta de preguntas de las partes acusadoras que intentaran aclarar este punto, no es posible asegurar con total certeza que los hechos han ocurrido de la manera que los narrara la menor porque, si magnifica lo vivido, entonces me pregunto: ¿Qué de lo narrado es real y qué es inventado?”.  Y remarcó “más allá de que la psicóloga diga que S. no fabula, lo cierto que esa aseveración no conlleva necesariamente la certeza sobre si ocurrieron todos los hechos narrados y la manera que los mismos ocurrieron. Este punto no fue debidamente aclarado y genera dudas en el suscripto, impidiendo tener certezas sobre los hechos debatidos analizados”.

Denunciante y padres

Pagano también observó que, a pesar de la reiteración de hechos descriptos por la joven, éstos no fueron reforzados por testigos.  En primer lugar, desde el denunciante, de quien comentó que “prácticamente nada aportó sobre los hechos”.  Mientas que, a los padres, la supuesta víctima “poco les ha dicho” y eso se traduce en la denuncia policial donde “no hay narración de ningún hecho”.  Y mencionó también que “el relato más extenso (de la víctima) ha sido el brindado en cámara gesell y ninguno de los relatos de los testigos se asemeja en su totalidad a lo que la menor dijo allí”.

En su fallo, Pagano también señaló “la carencia de estrés postraumático en la damnificada, a pesar de una innumerable cantidad de hechos de abuso relatados”.

Pruebas

Pagano también achacó la ausencia de material probatorio por parte de la Fiscalía, entre ellos un croquis de la casa del acusado para mostrar un baño, donde habría ocurrido uno de los abusos, o una mesa donde, mientas ambas familias comían, supuestamente el hombre abusaba de la menor pero, el hecho quedó en duda por tratarse de una mesa de vidrio que se usaba sin mantel.  El fiscal tampoco demostró que el acusado tenía un auto, donde habría ocurrido otro episodio de abuso, pero el hombre aseguró no contar con dicho rodado y manejarse en moto.

En ese marco, el juez consideró que “el trabajo realizado por las partes acusadoras no ha logrado generar en el suscrito la certeza necesaria sobre la existencia

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